Mostrando entradas con la etiqueta Familia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Familia. Mostrar todas las entradas

domingo, 17 de marzo de 2013

¿Qué es el Plan de Parentalidad?




El plan de parentalidad es un documento que puede adjuntarse al convenio regulador (ya es obligatorio en Cataluña desde el 2011) en el que los progenitores detallan minuciosamente todas aquellas cuestiones referentes al cuidado y reparto de responsabilidades relativas a  los hijos menores con el fin de evitar futuras disputas por indefiniciones en el acuerdo de separación o divorcio. Se elabora tanto para la custodia compartida como para aquellas custodias monoparentales con visitas del otro progenitor.

Los convenios reguladores, además de establecer otras cuestiones como las cantidades económicas que debe aportar cada uno a la manutención de los hijos, suelen exponer de forma muy amplia el régimen de custodia y de visitas, limitándose a señalar los días y horarios de visita, lugar en el que se produce la entrega y recogida de los hijos, fechas de vacaciones, y poca cosa más. Esta falta de definición frente a la complejidad de la realidad, hace que puedan surgir disputas por infinidad de cuestiones nimias. Cuanto más conflictiva sea la relación entre los padres, más probable es que se produzcan discusiones debidas a pequeñas, o no tan pequeñas, cuestiones.

El plan de parentalidad obliga a los ex-cónyuges a anticipar situaciones previsibles y tener previstas pautas de actuación. Como señala el plan de trabajo para la elaboración de los planes de parentalidad elaborado en Cataluña “esta regulación previa y sistemática de los aspectos relativos a la relación de ambos progenitores con los hijos una vez rota la pareja minimiza los conflictos y diluye las discrepancias. La "simulación" del futuro también permite a los progenitores captar el alcance y complejidad de los diversos aspectos de la relación con los hijos en la nueva situación y facilita la gestión de los asuntos de los menores”.

El plan de parentalidad puede tratar de todas aquellas cuestiones que se consideren convenientes. Concretamente, en Cataluña, se ha decidido que debería incluir como mínimo los siguientes puntos:
a)      El lugar o lugares en los que vivirán habitualmente los hijos. Se deberán incluir los criterios que permitan determinar claramente a quien corresponde la guarda en cada momento.
b)      Las tareas a las que se compromete cada progenitor con relación a las actividades cotidianas de los hijos.
c)      La forma en que deben hacerse los cambios en la guarda y, si procede, cómo deben repartirse los costes que generen.
d)      El régimen de relación y de comunicación con los hijos durante los períodos en que un progenitor no los tenga con él.
e)      El régimen de estancias de los hijos con cada uno de los progenitores en periodos de vacaciones y en fechas especialmente señaladas para los hijos, para los progenitores o para su familia.
f)        El tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de ocio, si procede.
g)      La forma de cumplir el deber de compartir toda la información sobre la educación, la salud y el bienestar de los hijos.
h)      La manera de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio y otras cuestiones relevantes para los hijos.

Como comentamos más arriba, se pueden negociar e incluir en este plan de parentalidad todas aquellas cuestiones que sean relevantes para los padres, e incluso pactar formas de solucionar futuras diferencias. También hay que tener en cuenta que, debido al crecimiento de los hijos, estos planes tendrán que tener la posibilidad de ir adaptándose a las sucesivas etapas de su desarrollo. Es posible tener en cuenta el parecer de los hijos en determinadas cuestiones que les afectan a partir de los 12 o 13 años de edad.

Cuanto más conflictiva sea la relación entre los progenitores, más conveniente será concretar con minuciosidad el plan de parentalidad con el fin de evitar discusiones futuras que podrían afectar a la estabilidad emocional de los hijos y evitar futuros litigios.

El mediador ayuda a la pareja a situarse en una diversidad situaciones futuras con el fin de tener previstas las formas de abordar estos casos. ¿Qué hacemos si el niño está enfermo? Ante un viaje de un progenitor cuando le corresponde estar con el hijo ¿se comenta con el otro antes de dejarlo a cargo de una tercera persona? etc. La presencia del mediador permitirá tratar todas las discrepancias en un entorno neutral y sin la presencia de los hijos, que de no estar previstas irían generando roces que pueden contribuir a un alza del conflicto.

Estos planes de parentalidad ya son habituales en muchos países y se ha comprobado que reducen en gran medida la conflictividad parental posibilitando el crecimiento de los hijos en un entorno estable.

martes, 22 de enero de 2013

Información acerca de la mediación familiar

Hoy traigo al blog un vídeo en el que se da una amplia información acerca del proceso de mediación familiar. También recoge las impresiones de un magistrado que ofrece este servicio desde su juzgado.

 

 Muchos juzgados no ofrecen el servicio de mediación, pero puede ser iniciado por una de las partes, que puede acudir directamente a un mediador en lugar de iniciar un procedimiento contencioso. Los acuerdos a los que lleguen los miembros de la pareja tendrán la misma validez que una sentencia de un juzgado, una vez que se hayan elevado a público, ya sea acudiendo al notario, o ratificándolo ante un juez.

Espero que te resulte útil.

martes, 8 de enero de 2013

La adolescencia: ¿poder o autoridad?


Adolescencia proviene del latín adolescere que significa ‘crecer’, y no tiene el mismo origen que la palabra adolecer, en contra de lo que muchos piensan, que implica una falta o carencia. Es un periodo de cambios fisiológicos muy intensos, del descubrimiento de la propia identidad, autonomía y de discriminación de los afectos. Durante la adolescencia, se comienza a sentir la necesidad de separarse de los padres y a buscar referentes propios al margen de los mismos. Es una época difícil, no solo para adolescentes sino también para sus padres que pueden  encontrarse ante situaciones que les llenan de incertidumbre, preocupación e impotencia.

Para tratar de pensar como se llega a estas situaciones, distinguiré dos conceptos: poder y autoridad. Según Wagner Eduarte, que se basa en definiciones del mundo de la empresa, la autoridad es el derecho que otorga un rol para tomar decisiones que afectan a otros; mientras que el poder es la capacidad que otorga un recurso para tomar decisiones que afectan a los otros. La autoridad suele estar legitimada por la experiencia, el conocimiento, etc. Por ejemplo, decimos que tal persona es una autoridad en una materia. El poder estaría vinculado a los recursos, por ejemplo, la fuerza bruta o el dinero. Y todos sabemos que los recursos… se agotan.

La autoridad implica un trabajo, se va construyendo en una relación, y su resultado es la  influencia sobre la conducta de los otros. El poder se basaría más en el miedo o la recompensa.

En el caso de los padres, dicho de una forma muy simple, la autoridad nunca se pierde. Pero ha de construirse y, esta construcción ha de adaptarse al crecimiento de los hijos y a las peculiaridades de cada uno.

Los padres tienen a su alcance las dos herramientas: el poder y la autoridad y el manejo de los mismos ha de alcanzar un equilibrio que les permita estimular a sus hijos en su crecimiento.

Lo que se produce en cualquier conflicto es una diferencia de opiniones y lo que ha de resolverse es esa diferencia. Para ello, puede ser útil seguir algunas pautas que sentó la escuela de Harvard para la resolución de conflictos:

 -         Separar a las personas del problema: sería no personalizar, no incidir en el pasado sino en el futuro. De nada servirá recordar todo lo que se hizo mal en el pasado. Además, los errores suelen ser una oportunidad para el aprendizaje.

-         Concentrarse en los intereses y no en las posiciones. Detrás de una posición  siempre hay un interés que, seguramente, pueda satisfacerse de varias maneras.

-         Inventar opciones en beneficio mutuo: es posible satisfacer las demandas de manera que se puedan satisfacer los intereses de todos.

-         Insistir en utilizar criterios objetivos. Esto pasa por evitar la manipulación emocional. Hablar con claridad de las reglas y de sus consecuencias.

 También hay que tener en cuenta que las emociones que embargan tanto a los padres como a sus hijos en estos conflictos son muy potentes y es importante reflexionar sobre el modo en que están afectando a nuestra conducta o sobre lo que decimos. El miedo o la angustia presentes en estas situaciones pueden estropear cualquier diálogo encaminado a lograr un buen acuerdo. Reconocer estas emociones y hacerse cargo de ellas es un paso importante previo a cualquier acción o decisión. Tomar conciencia de hasta que punto nos asusta no saber en dónde están nuestros hijos o el miedo de estos a perder los lazos con sus amigos, puede ayudarnos a recuperar la serenidad necesaria para el diálogo.

 Por mi parte, también apelo a la paciencia y a la perseverancia. Roma no se construyó en un día, dicen…

miércoles, 14 de noviembre de 2012

¿JUICIO O MEDIACIÓN?


El abogado ha sido tradicionalmente el actor social que ha recogido nuestros conflictos.
Cuando nos vemos inmersos en un problema, puede suceder que llegue un momento en el que nos veamos incapaces de afrontarlo por nuestros medios y necesitemos la ayuda de un tercero.

Con la aparición de la ley de mediación tenemos la posibilidad de solucionar nuestros conflictos por otra vía adicional.

Os dejamos una guía para orientaros en la  elección de una u otra vía en función de las características del problema que tengáis.

PUEDE SER MEJOR ACUDIR A UN ABOGADO CUANDO:
  • El tiempo no sea un factor prioritario en la resolución del problema. El tiempo de espera para la obtención de audiencia previa es cada vez más largo debido a la falta de recursos de los juzgados y pueden existir situaciones en las que sea difícil asumir esos tiempos de espera para llegar a una solución del problema.
  • Exista la necesidad de establecer un precedente. Cuando ves que una situación tiene la probabilidad de repetirse, puede ser conveniente acudir a la vía judicial para sentar un precedente que impida que se repita la situación.
  • Exista un deseo de venganza. Ante un sentimiento de este tipo, resulta casi imposible sentarse a dialogar para lograr un acuerdo por lo que hay que acudir a la vía judicial.
  • No se quiera asumir la responsabilidad de la decisión. 
  • Exista la necesidad de demostrar la verdad. 
  • Cuando no haya probabilidad alguna de lograr un acuerdo beneficioso por la vía dialogada.
  • Se quiere arriesgar a la lotería judicial: puede haber situaciones en las merezca la pena arriesgarse por existir la posibilidad de una gran ganancia. 
  • Zonas grises en las que pueden ser varias las posibilidades de solución al conflicto. Esta situación se suele dar en las empresas en las que el responsable de llegar a un acuerdo puede tener el recelo de ser criticado dentro de su propia empresa por el acuerdo obtenido, por lo que preferirá delegar la resolución del mismo a un juez.
Puede ser mejor acudir a un mediador por los siguientes motivos:
  • Inexistencia de riesgos procesales. Muchos juicios se ven frustrados por no poder cumplir con un plazo procesal o por defectos de forma de muchos tipos.
  • Se quieran amparar los intereses de todas las partes, incluidos intereses de tipo trascendente. El ámbito jurídico solo atiende intereses con soporte legal o contractual. Además, la solución judicial suele ser taxativa en el sentido de otorgar la razón a una parte negándosela a la otra. La mediación puede permitir soluciones más completas que satisfagan diferentes intereses de las partes.
  • Nos interese mantener una relación con la otra parte. Muchos conflictos se dan entre partes a las que les puede interesar mantener una relación ya que esta va a perdurar; con familiares, relación contractual de alquiler o mantenimiento, etc. La mediación nos permite mantener y, a menudo, mejorar la relación.
  • Los conflictos no estén amparados por un marco legal o contractual. Aquí se encuentran infinidad de situaciones como pueden ser muchos de nuestros conflictos familiares y vecinales. Por ejemplo, con la actual ley del divorcio solo puede solicitarse una modificación de medidas cuando se produce un cambio sustancial en las condiciones como puede ser quedarse sin empleo. Pero los cambios producidos en las circunstancias de los menores a lo largo de su desarrollo o pequeños problemas o imprevistos que pueden surgir al llevar al cabo la aplicación de los términos de la sentencia pueden hacer necesario negociar nuevas condiciones para afrontar estas situaciones.
  • Para solucionar asuntos que no quiero llevar a juicio.
  • Para ser más creativo en la búsqueda de soluciones. Siempre se suele poner un ejemplo que ayuda a entender este punto. Dos personas están discutiendo ya que ambas quieren quedarse con una naranja. Cuando se reúnen para tratar de tomar una decisión, se dan cuenta de que una quiere la naranja para hacer un zumo y la otra la quiere para hacer una mermelada. Al tratarse de intereses diferentes y compatibles, llegan a un acuerdo que les permite con la misma naranja satisfacer los intereses de los dos.
Espero que esta pequeña guía te ayude a poder tener una idea clara de cuando puede ser más conveniente acudir a una u otra vía. Pero en el caso de que tengas alguna duda, contestaré a la misma a través del correo duomediacion@gmail.com.

Nota: Artículo basado en la clasificación elaborada por Christian Lamm.

jueves, 27 de septiembre de 2012

miércoles, 26 de septiembre de 2012

Sesión informativa de mediación

Os dejo un vídeo realizado por la Asociación Madrileña de Mediadores y Ejustic para explicar un poquito más lo que es la mediación y de lo que puede ocuparse.



domingo, 23 de septiembre de 2012

El futuro de las relaciones


Si  estás planteando divorciarte, la relación que mantienes con tu actual pareja deberá afrontar importantes transformaciones. En el caso de tengáis hijos, es deseable mantener una buena comunicación para preservar la relación parental futura.

El planteamiento contencioso se basa en una lógica llamada de suma cero: esto quiere decir que uno gana-otro pierde. Con el fin de lograr el objetivo, que es ganar, ambos miembros de la pareja tratarán de probar su aptitud para el cuidado de los hijos, pero también, ocurre en muchos casos que también se trata de mostrar la ineptitud del otro para dicha tarea. Así, se puede entrar en una dinámica de enfrentamiento que se centraría en subrayar los defectos del otro, en buscar en el pasado todos aquellos hechos que puedan ir en contra de esa persona. Tras un proceso de este tipo, la relación, como ya sabemos, sale muy perjudicada, deteriorando la comunicación  para cuestiones futuras.

Los hijos pasarán por importantes cambios vitales como la adolescencia, los estudios, horarios, y muchos otros temas para los cuales será importante poder tratar con el otro progenitor y tener actitudes compartidas.

La mediación tiene otra lógica: yo gano-tú ganas. Pone sus objetivos en la relación futura para poder afrontar en un clima pacífico los futuros cambios que acontecerán en la vida de los hijos.

sábado, 15 de septiembre de 2012

La ayuda de un mediador


Los problemas con la pareja, los hijos, padres y familiares cercanos en general producen sentimientos de malestar muy variados. Sensaciones de fracaso, de verse desbordado por las circunstancias, de incapacidad para afrontar lo que pueda suceder, de incertidumbre ante el futuro, pueden ser algunas de las que asaltan a cada persona de forma más o menos intensa en función de su situación y de sus expectativas de futuro.

Es curioso observar que cuando las cosas nos van bien, solemos mirar retrospectivamente nuestra vida en positivo y pensar que todo aquello que hicimos o sufrimos a lo largo de la vida nos sirvió para llegar al bienestar que sentimos en el momento actual. En cambio, cuando estamos sufriendo por alguna cosa, esa visión retrospectiva, tiende a poner de relieve errores, fracasos y otras cuestiones que nos hacen sentir aún peor.

El mediador tiene una formación que le permite comprender y tener en cuenta estos avatares de la vida anímica, y su labor consiste en acompañar a las personas en este difícil trance, ayudándoles a manejar todas las cuestiones que les preocupan en momentos de crisis personal y a llegar a acuerdos con todas las personas involucradas en el problema con el fin de abordar un futuro con menos incertidumbre.

El mediador va a intentar que cada persona involucrada pueda tratar cada una de sus inquietudes en relación al problema y asegurarse de que es escuchado por las otras partes.
La experiencia nos demuestra que, a pesar de las dificultades, se llega a acuerdos satisfactorios para las partes. Su implicación en la resolución de estos problemas les hace sentir más fuertes y capacitados para afrontar el futuro.